viernes, 27 de febrero de 2009

B110- Mensaje del General Videla a FAMUS.

Boletín de fecha 04 de setiembre de 2007


Temas desarrollados
MENSAJE remitido a la organización “Familiares de muertos por la subversión” , en abril de 1984.


Remitido a la organización “Familiares de muertos por la subversión”, en abril de 1984.

“Cuando me alejé del cargo de presidente de la Nación, que desempeñé por decisión de las Fuerzas Armadas, me impuse como conducta el silencio, convencido de que con mi conducta contribuía a afianzar la concordia y la unión del pueblo argentino. Hoy, ante la insistencia de deformar el sentido y alcance de las acciones bélicas emprendidas por las Fuerza Armadas, y solidarizándome con el dolor de los familiares de los muertos por la subversión, considero un deber inexcusable aportar mi palabra como contribución a la verdad histórica.

“En homenaje a los innumerables héroes y mártires que cobró la lucha contra la subversión, creo necesario recordar públicamente que el país fue víctima de una agresión que no registra antecedentes en nuestra historia tanto por su naturaleza como por su magnitud.

“Durante aproximadamente una década, diversos grupos terroristas promovieron sistemáticamente el caos y la desintegración social, asesinaron a ancianos, mujeres, niños, militares, policías , sindicalistas, empresarios, periodistas, profesionales, obreros, docentes y miembros de todos los sectores sociales; ejecutaron actos vandálicos con su secuela de muertos, heridos y mutilados; cometieron atentados contra magistrados judiciales; secuestraron a un millar de personas y los sometieron a torturas aberrantes en tugurios inhumanos sarcásticamente denominados “cárceles del pueblo”; exigieron con intimidación el pago de rescates fabulosos; impusieron tributos y contribuciones bajo coacciones y amenazas; asaltaron unidades militares y policiales; atracaron bancos; asumieron el control de poblaciones; exigieron el pago de peaje en zonas rurales; pretendieron segregar la provincia de Tucumán; intoxicaron con sus doctrinas disolventes a jóvenes inexpertos y los impulsaron a participar en homicidios y otros graves delitos; se infiltraron en universidades y establecimientos de enseñanza; y predicaron la violencia desde los más diversos medios de comunicación social.

“Las estadísticas, con sus cifras frías e inexorables, nos señalan que, computado sólo el período transcurrido entre 1973 y 1975, luego de la amnistía y liberación masiva de delincuentes subversivos que anunciaban públicamente la decisión de proseguir de su accionar criminal, se perpetraron 5079 actos terroristas.

“En el curso de 1975, ante la pública declaración de guerra del enemigo y frente al estado de emergencia que vivía el país, el gobierno constitucional decretó la ejecución de operaciones militares a cargo de las Fuerzas Armadas. Esta medida continuó vigente, ante la gravedad de la situación, después del 24 de marzo de 1976.

“El empleo integral del poder militar, desbordadas las posibilidades de los órganos previstos para tiempo de paz, configura una situación límite que universalmente se conoce como “estado de guerra”.

“Fue una guerra impuesta por un enemigo que agredió a toda la sociedad argentina, atacando en forma artera y sistemática a personas y bienes, con el objeto de apoderarse del poder político, aniquilar nuestro sistema republicano e imponer un régimen totalitario.

“Fue una guerra que no promovieron, no buscaron y no desearon las Fuerzas Armadas, librada contra un enemigo mimético que no usaba uniforme ni bandera, con características muy particulares de imprecisión, tanto en su comienzo y en su término, cuanto en su peculiar desarrollo.

“Fue una guerra reclamada y aceptada como respuesta válida por la mayoría del pueblo argentino sin cuyo concurso no hubiera sido posible la obtención del triunfo; ejecutada con valor y alto espíritu de servicio por cuadros y tropa de las Fuerzas Armadas, de seguridad y policiales, en el marco de las reglamentaciones vigentes; ganada por la Nación Argentina, en defensa de su honor, integridad y valores fundamentales.

“Durante esos terribles años de guerra las Fuerza Armadas mantuvieron la decisión de restaurar la plenitud del régimen constitucional luego de que se afirmara el triunfo militar y se consolidara la paz. Sus integrantes tuvieron –y continúan teniendo- la convicción de haber prestado un inestimable servicio derrotando al enemigo de la Nación y facilitando con su acción el restablecimiento del sistema representativo, republicano y federal.

“He promovido en la medida de mis competencias, incluso a solicitud de mis comandos subordinados, la investigación y enjuiciamiento de los hechos ilícitos que hayan podido cometerse y que en su oportunidad fueron denunciados. Estas acciones, que quedaron sometidas a la jurisdicción de los jueces competentes, no deben confundirse con las operaciones militares desarrolladas durante la contienda.

“Con base en lo expuesto, reclamo para el pueblo argentino en general y para las Fuerzas Armadas en particular, el honor de la victoria. Declaro que constituye para mí un motivo de orgullo haber comandado el Ejército Argentino que actuó en las operaciones bélicas legítimamente emprendidas en defensa de la Nación, y que siempre he asumido las responsabilidades castrenses que pudieran resultar del ejercicio de mis funciones.

“Como argentino y cristiano participo del dolor que dejan en el corazón la guerra y sus lamentables secuelas. Confío en que sea éste el último precio que debamos pagar para asegurar una auténtica unión nacional.

Pido a Dios, Nuestro Señor, fuente de toda razón y justicia, ilumine nuestras inteligencias y voluntades para que los argentinos nos reencontremos definitivamente en paz y libertad”.

(el resaltado del texto es nuestro)

FIN DEL BOLETÍN Nro 110.-

B109- Ley 23.049. Modificaciones al CJM

Boletín de fecha 30 de agosto de 2007

Temas desarrollados
Aclaraciones iniciales .
Antecedentes históricos .
Modificaciones del año 1984 .
Conclusiones acerca de las modificaciones.
Colofón .

Aclaraciones iniciales

Para facilitar la comprensión de este Boletín, creemos conveniente acordar qué entendemos por Código y por Fuero.
Código: es un compendio interrelacionado de normas que tratan una materia específica del Derecho. Por ejemplo: Código Comercial, Código Penal, Código de Justicia Militar, etc. A su vez la Justicia, para tratar esas materias específicas del Derecho, determina jurisdicciones o competencias en las que se sustancian juicios en función de la materia que les compete, establecidas en cada uno de los códigos. A estas jurisdicciones se las denomina Fueros. Por ejemplo: Fuero Comercial, Fuero Penal, Fuero Militar, etc.

La existencia de estos “Fueros” hace a las garantías constitucionales de tener un juicio justo, porque se basa en el necesario conocimiento de la materia que debe tener el magistrado sobre lo que ha de juzgar, para poder dirimir con idoneidad en el caso concreto. La existencia del “fuero militar” es, en todos los ejércitos del mundo, un resguardo o garantía para el enjuiciado, que sabe que su juez es un profundo conocedor de la materia que se trata.

Estos Fueros no son personales; no están determinados por la condición de la persona sino por la naturaleza del delito, delito que está previsto y penado en los distintos códigos. Tal sería el caso de militares incursos en delitos comprendidos en el Código Penal o el Código Comercial, que tendrían que ser juzgados por en uno u otro de esos Fueros y por su correspondiente código y, por otra parte, los civiles que incurrieran en delitos previstos en el Código de Justicia Militar serían sometidos al Fuero militar

Antecedentes históricos.

Desde la época de la colonia, los principios básicos de las Ordenanzas españolas rigieron la vida de nuestros ejércitos. En 1895 fueron proyectados los primeros códigos militares por una comisión especial integrada por maestros del Derecho, como los doctores: Manuel Obarrio, Osvaldo Magnasco, Amancio Alcorta, Aristóbulo del Valle, Estanislao Ceballos y por militares como el general José I. Garmendia y el almirante Daniel Solier. Conservaban, en general, los principios básicos de las Ordenanzas españolas.

En 1898, el doctor José María Bustillo, redactó el Código de Justicia Militar - inspirado en el mismo principio - y su reforma en 1905.

En 1948, durante el gobierno del general Juan Domingo Perón, se produjo un proyecto de modificación del Código (que con algunas modificaciones tenía 50 años de vigencia) que concordaba con el Art 29 de la Constitución Nacional, el Código Penal, el Código de Procedimientos y las nuevas disposiciones de las leyes orgánicas de las FFAA y de Defensa Nacional. El proyecto fue convertido en la ley 14.029 y regía no solamente para el Ejército sino para las tres Fuerzas Armadas. Este Código, que había sufrido modificaciones de poca trascendencia, era el que estaba vigente hasta la modificación introducida en el año 1984 durante el gobierno del Dr Raúl Alfonsín .

La modificación del Código de Justicia Militar del año 1984

La ley 23049 del 9 de febrero de 1984 consta de 15 artículos que modificaron 12 artículos del Código hasta entonces vigente. Algunos de éstos se derogaron o se sustituyeron por los nuevos, a otros se le agregaron apartados. También se modificaron dos leyes relacionadas con el Fuero militar (leyes :22.971 y 23.042).

Principales modificaciones introducidas

La ley 23.049 introdujo básicamente tres grandes modificaciones al anterior código, la primera: que en delitos netamente militares las sentencias del tribunal militar estarían sujetas en grado de apelación ante la justicia civil común, concretamente la Cámara Federal de Apelaciones, (el “Fuero militar”, antes definitivo, pasó a tener una instancia superior que es el “Fuero penal”), la segunda : que los tribunales militares ya no podían entender en delitos comunes cometidos en actos del servicio o en un lugar sujeto a jurisdicción militar y la tercera: habilitaba a los condenados por delitos de acción publica originados en actividades subversivas, a los que se había aplicado con anterioridad el Código de Justicia Militar (por tener competencia en esos delitos), a plantear nuevos recursos ante la justicia federal.

Limitó el principio de “obediencia debida,” al normar que no estará vigente en los casos atroces y aberrantes ( sin determinar taxativamente cuáles eran ellos )

Se estableció que el Consejo Supremo de la FFAA debía utilizar el “procedimiento sumario en tiempo de paz” para todos los delitos imputables al personal militar y elementos subordinados, en un lapso que abarcaba desde el 24 de marzo de 1976 al 26 de septiembre de 1983, en relación a la lucha contra el terrorismo (guerra contrarrevolucionaria).
Situación ésta que es contraria a la esencia general que debe tener una ley, ya que se estaba determinando a priori un tipo de procedimiento que era competencia exclusiva del tribunal interviniente.

Determinó que pasara a ser optativa la obligación básica que tenía la justicia militar de efectuar la instrucción del sumario (la investigación de los hechos delictivos).

Exoneró a los civiles involucrados en operaciones bélicas de ser juzgados por la jurisdicción militar que les correspondía antes (en caso de un convoy de buques, transporte aéreo con aviones y tripulaciones civiles) para los casos de desobediencia y abandono de sus responsabilidades de defensa.

Conclusiones acerca de las modificaciones que estableció la Ley 23.049

1. La intromisión del fuero penal en otro fuero específico como es el militar, amén de limitar competencia al Consejo Supremo de las FFAA , va contra la exigencia y razón de la creación de los distintos fueros, ya que sus jueces deben ser especialistas en cada uno de ellos y los jueces civiles carecen de la formación y conocimiento de la materia militar (no tienen la formación específica ni la experiencia imprescindible para el tratamiento y juzgamiento de hechos militares). Con esto se vulneró el principio constitucional establecido en el Art 18 de la CN del “juez natural”
2. La columna vertebral de todos los ejércitos del mundo es la disciplina. El Código de Justicia Militar respondía a mantener esa necesidad básica. La modificación del concepto de “obediencia debida” destruyó ese principio fundamental de las organizaciones militares, al permitir al subalterno examinar la orden y cuestionar su legitimidad.
3. El Poder Legislativo, al sancionar esta ley 23.049 enviada por el Ejecutivo, vulneró los principios básicos constitucionales que están determinados en el Capítulo Primero: “Declaraciones, derechos y garantías”( Art 1 a 35), en particular:

· Ningún ciudadano puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacados de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. (Art 18)
· Los principios. Garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio. (Art 28)


Además del principio de cosa juzgada y aplicación de la ley mas benigna . De esa forma , la puerta para que los jueces , a partir de allí , vulneraran la Constitución Nacional cuantas veces fuera necesario para satisfacer los requerimientos del “poder político” y permitió que el Poder Legislativo , en ocasiones posteriores , se arrogara derechos que no poseía ( como fue el caso de anulación de dos leyes ) .

4. Esas modificaciones, que también permitieron beneficiar a los militantes terroristas subversivos condenados, perfeccionaron un sistema jurídico al margen de la Constitución Nacional que iba a permitir condenar, con el tiempo, sólo a los miembros de las FFAA, por las acciones realizadas en la guerra no convencional librada para defender las Instituciones de la República.
5. Al introducir la modificación en el concepto de la “obediencia debida” se alteró substancialmente los tres niveles de responsabilidad previstos en su plataforma política partidaria y expresados repetidas veces por el Dr Alfonsín.
6. Lo expuesto, conjuntamente con la no aceptación ex profeso de que se había desarrollado una guerra no convencional que había sido aceptada por las partes beligerantes, fueron las bases argumentales utilizadas por Alfonsín para lograr sacar del Fuero Militar y juzgar dentro del Fuero Penal a los integrantes de las Fuerzas Armadas y elementos subordinados . Por ello, sus miembros debieron responder individualmente las imputaciones de delitos , haciéndose caso omiso de las circunstancias de haber actuado institucionalmente , respondiendo a sus mandos naturales – legalmente facultados para comandar y cumpliendo lo ordenado en decretos que habían emanado de un gobierno constitucional en ejercicio pleno de sus atribuciones.
7. Debe destacarse que esta ley omitió deliberadamente una parte del período en que se desarrolló la Guerra Revolucionaria iniciada por los terroristas subversivos para obtener el poder en nuestro país, al seleccionar el 24 de marzote 1976 como fecha inicial de investigación de los delitos cometidos durante el desarrollo de la misma, cuando a esa fecha ya existían más de 500 muertos y denuncias por más de 900 desaparecidos. De tal forma una vez más, se preservó a la dirigencia política de las responsabilidades inherentes a la gestación y desarrollo de la guerra no convencional que había vivido la República.

Todo lo enunciado precedentemente, en algunos casos con flagrantes violaciones a la Constitución Nacional, para implementar las modificaciones señaladas del Código de Justicia Militar, ponen al descubierto que la razón real de la ley no fue el mejoramiento de la eficiencia en la justicia del Fuero Militar , sino que tuvo una finalidad política-ideológica cual fue juzgar y condenar a las FFAA en la persona de sus comandantes, extensivo luego a parte de sus cuadros y dejar fuera de responsabilidad a todos los dirigentes políticos que condujeron el Estado nacional con anterioridad.

FIN DEL BOLETÍN Nro 109.-

B108- Cronología del 21 Ene a Mar 84.

Boletín de fecha 20 de agosto de 2007

Temas desarrollados
Comisión de Homenaje a muertos por la subversión .
Destrucción de documentación de la lucha contraterrorista.
Declaraciones de “FAMUS”.
Publicación de un libro sobre Montoneros.

Comisión de Homenaje a muertos por la subversión

El Movimiento Federalista Integrador del Centro (MOFIC) anunció el 21 de enero de 1984 que se propiciaría la creación de una comisión nacional de homenaje a los muertos por la subversión.

El agrupamiento expresó que desde hacía tiempo se observaban las acciones de ciertos sectores que intentaban transformar a las víctimas en victimarios y pretendían echar un increíble manto de olvido sobre lo que significó el triunfo de la vida sobre la muerte, ignorando los horrores y las violaciones a los derechos humanos cometidos por las bandas terroristas que azotaron al país.

El MOFIC fundamentaba su iniciativa manifestando que “frente a esta verdadera ignominia, que debe sumarse a la macabra instrumentación política que se está haciendo sobre el tema de los desaparecidos, hemos creído que una elemental razón de conciencia nos imponía poner las cosas en su lugar. Es decir realizar un mínimo acto de justicia con todos aquellos hombres y mujeres (civiles, militares o integrantes de las fuerzas de seguridad) que murieron para que la patria viviera.”

El comunicado de MOFIC estaba suscripto por sus coordinadores nacionales, Guillermo Fernández Gil (ex ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires), Augusto Dileo y Jorge Desplats.

El Ministro del Interior, Dr. Antonio Tróccoli, que fue invitado a formar parte de la comisión de homenaje a las víctimas de las organizaciones subversivas, declinó la invitación y sostuvo que “el gobierno no olvidaba la violencia del accionar subversivo ni tampoco justificaba el horror de una represión a la que no tiene derecho ningún país civilizado”.

El Dr Trócoli, en una nota cursada a las autoridades del MOFIC señaló que “la sangre derramada no reconoce banderías ni posiciones personales. Todas son víctimas cualesquiera fuera el signo de su propia ideología” y aclaró que “no calificamos a las víctimas, todas nos duelen de igual modo y como hombres convencidos de que sólo el estado de derecho podrá devolvernos la paz y la justicia, nos comprometemos a buscar la verdad para reencontrarnos en ella todos los argentinos sin distinción alguna.”

“Respeto vuestra decisión de crear la Comisión motivo de esta nota, pero con la serena convicción de que sólo uniéndonos para la vida podremos superar la muerte de nuestros compatriotas, me excuso de formar parte de ella dejando claramente expresado que no haremos discriminación alguna en la investigación a que nos hemos comprometido”, concluyó Tróccoli.

Lo expresado por el entonces ministro no se correspondió con su conducta posterior y con el compromiso asumido públicamente por el gobierno de investigar los crímenes cometidos por las organizaciones terroristas subversivas de igual forma que se había hecho con la CONADEP.

Destrucción de documentación de la lucha contraterrorista.

El Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro comprobó, como consecuencia de una investigación por la aparición de “carpetas negras” en la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, que en los últimos días del gobierno de facto en la provincia se destruyó numerosa documentación sobre personas e instituciones, por lo que dijo que promovería una causa penal, ya que la circunstancia configuraría la comisión del delito de supresión o destrucción de documentos públicos.

El 21de enero de 1984, el gobierno informó sobre diferentes hechos y señaló que se había podido comprobar que en la provincia se procedió a destruir en dependencias de la jefatura de policía de la provincia y de la escuela de suboficiales y tropas de la institución policial, numerosa documentación , legajos y fichas de personas e instituciones pertenecientes a la ex Dirección de Situación y al Servicio de Inteligencia de la policía local.

También se informó que “en el curso de la investigación administrativa hasta ahora desarrollada, se constató la existencia de una directiva denominada “Plan Martillo” – normas complementarias para la acción de gobierno en la prosecución de la lucha contra la subversión” - firmada por el ex gobernador, contraalmirante (R) Julio Alberto Acuña y el ex ministro de Gobierno, capitán de navío (R) Zenón Saúl Bolino.

Dicha directiva, a la que se le asignaba carácter “secreto”, comprendía diversos anexos en los que se fijaban pautas sectoriales para cada una de las áreas del gobierno.

Por otra parte, el gobierno de la provincia de La Pampa anunciaba que el 02 de febrero de 1984 fue encontrado un radiograma de la Policía Federal Argentina, cursado el 22 de noviembre de 1983 a todas las delegaciones policiales del interior del país en el que se ordenaba la destrucción total de la documentación relacionada con la lucha contra el terrorismo subversivo. Dicha comunicación habría sido respondida por el jefe de policía de La Pampa el 29 de noviembre de 1983.

El documento hallado expresaba lo siguiente:
“En cumplimiento de órdenes impartidas en circunstancias de encontrarse bajo control operacional de las fuerzas armadas hubieran recibido la documentación clasificada referida a la lucha contra la subversión, proceda a su devolución inmediata al comando militar respectivo, quién dispondrá la inmediata incineración. Cada comando o zona arbitrará medidas de difusión y ejecución urgente de la presente orden a elementos dependientes de su jurisdicción.”

La orden impartida por la más alta jerarquía militar para proceder a la destrucción de toda la documentación vinculada con la guerra contrarrevolucionaria impidió disponer, a partir de ese momento, del conocimiento fehaciente de las operaciones contra subversivas realizadas por las FFAA; de SS y PP, de las cuales cada escalón operativo mantenía un riguroso archivo en concordancia con las prescripciones reglamentarias.

Declaraciones de “FAMUS”

En Bahía Blanca, la Presidenta de Familiares de Muertos por la Subversión (FAMUS) Ebe Solari de Berdina, exteriorizó su convencimiento de que “desde el gobierno” se alentaba una tendencia que exaltaba el recuerdo de la represión durante la lucha antisubversiva.

La titular de FAMUS dijo que el gobierno no abría las puertas para escucharlos en sus peticiones. Dijo también que nadie recordaba a los muertos asesinados por el terrorismo subversivo, como si exclusivamente interesaran los muertos de un solo lado.

En marzo de 1984 se publicó un libro sobre Montoneros.

El profesor británico Richard Gillespie, del Saint John´s College de la Universidad de Oxford, en su libro “Soldiers of Perón: Argentina’s Montoneros”(“Montoneros, los soldados de Perón”), traza la evolución de la izquierda argentina, los antecedentes de otros grupos guerrilleros que operaron en las provincias norteñas de Tucumán y Salta y la constitución de los Montoneros a fines de la década del 60.

“Los Montoneros –dice - avizoraban una guerra popular (…) pero en la práctica esa guerra no fue decretada ni por el pueblo ni por la clase obrera”.

Recuerda varias instancias de fricción de esa organización con el gobierno de Perón que culminaron en un decisivo enfrentamiento entre el “anciano dirigente” y los jóvenes de la izquierda peronista en la Plaza de Mayo, el 1° de mayo de 1974.

Gillespie señala también que dentro de los Montoneros “el disenso se equiparaba a la traición, las críticas a la hostilidad” y subraya que su estructura militar provocaba “la carencia de cualquier forma de democracia interna”.

El autor que a lo largo de todo el libro da cuenta en detallada cronología los asesinatos, secuestros, atentados y otras acciones que asolaron a la Argentina desde la década del 60 , afirma que los Montoneros “en parte debido a la índole de su propia composición social, subestimaron las ambiciones económicas del sindicalismo argentino”.

“Erróneamente –agrega- describieron a la burocracia sindical como totalmente ajena al crecimiento del movimiento sindical”, en lugar de interpretarla como “una expresión de la falta de disposición del sindicalismo argentino para la política revolucionaria”.

En los tramos finales de libro, Gillespie, luego de analizar la derrota que infligieron los militares a los Montoneros, dice que la conducción de ese movimiento “no comprendió” que para que la lucha armada hubiera tenido algún futuro , en la Argentina tendría que haber habido una mayor combatividad en el movimiento de masas, en vez de ser la iniciativa de un grupo de profesionales. ( fueran éstos urbanos o rurales).

El contenido de su libro, escrito mediante el procedimiento de convivir con los militantes montoneros está impregnado de esa “influencia lógica, derivada de esa convivencia emocional,” que perjudicó su sentido de objetividad (aunque constituya el mayor aporte de un escritor foráneo sobre esa organización terrorista subversiva), también influidos por su cercanía ideológica con sus entrevistados, que lo apartaron de la realidad política social y militar que se vivía, tomando como ciertas la mayoría de las informaciones y datos que le acercaban los mismos terroristas.

FIN DEL BOLETÍN Nro 108.-

B107- Ley Mucci. La resistencia sindical.

Boletín del 13 de agosto de 2007

Temas desarrollados
Antecedentes durante la campaña por la presidencia.
El triunfo Radical
La respuesta sindical.
La nueva ley.
Consideraciones finales.

Antecedentes durante la campaña por la presidencia.

Durante el desarrollo de su campaña presidencial, Alfonsín había denunciado la existencia de un supuesto “pacto militar-sindical” cuyo objetivo sería lograr la continuidad del poder militar, amparado por un posible futuro gobierno justicialista. Dicha estrategia: identificar al justicialismo con el gobierno de facto y el hecho de prometer desbaratar ese “pacto” para el caso de asumir como presidente, le aportó un porcentaje significativo de un electorado que ansiaba vivir en paz y alejarse tanto del caos de los últimos gobiernos peronistas como de la traumática experiencia del Proceso de Reorganización Nacional.

Por su parte, la cúpula del sindicalismo apreciaba que un gobierno encabezado por Alfonsín comprometería seriamente el poder que detentaba, por lo tanto también apeló al tipo de “campaña sucia preelectoral” para desgastar al radicalismo. Por aquellos días la ciudad de Buenos Aires apareció empapelada con gran profusión de afiches en los cuales se veía a Alfonsín arengando a la multitud parado sobre un cajón de Coca Cola, con la evidente intención de demostrar que se trataba del candidato de los EEUU.

El triunfo Radical

El 30 de octubre de 1983 el radicalismo quebró la constante histórica del justicialismo, que nunca había sufrido una derrota en elecciones presidenciales cuando Alfonsín se impuso por el 51,7% de los sufragios.

La euforia provocada por esta victoria inédita hizo creer a Alfonsín que estaban dadas la oportunidad y condiciones para llamar a elecciones en todos los sindicatos y ratificar allí lo que había logrado en el plano político. Con esos antecedentes no sorprendió que el flamante gobierno, en una de sus primeras medidas adoptadas, remitiera al Congreso el 17 de diciembre de 1983 la “Ley de Reordenamiento Sindical”(sin aviso previo ni consulta o debate público anterior), a la que se llamó “ley Mucci” debido a que había sido implementada por el ministro de Trabajo, Paulino Mucci.

Si bien el proyecto de ley hacía hincapié en la necesidad de democratizar la vida sindical mediante elecciones internas controladas por la justicia, efectivizar la representación de las minorías y permitir la creación de nuevas uniones u organizaciones, era evidente que bajo el loable principio de la libertad sindical se perseguía el resultado práctico de recortar en forma sensible los poderes e influencias de los grandes sindicatos, como así también quebrar el monopolio en la representación de los trabajadores.

El proyecto del Poder Ejecutivo tuvo entrada por la Cámara de Diputados, donde recibió una rápida aprobación gracias a la mayoría oficialista en ese recinto. El exitoso comienzo aumentó aún más el sentimiento triunfalista del Partido Radical.

La respuesta sindical.

La reacción no se hizo esperar: el 25 de enero de 1984 los líderes de las organizaciones obreras que se habían escindido 15 años atrás (marzo 1968), Jorge Triacca, jefe de la CNT (dialoguista) y Saúl Ubaldini, a cargo del “Grupo de los 25” que había normalizado a la CGT oficial (combativa), se reunieron conjuntamente con los principales dirigentes gremiales en el sindicato de la Alimentación, donde determinaron la reunificación de ambas centrales en la Confederación General del Trabajo (CGT) y designaron a Ubaldini como Secretario General.

La resolución inicial de la Conducción Unificada consistió en convocar a la primera concentración obrera de protesta para el 10 de febrero de 1984, en abierta oposición al gobierno de Alfonsín y a la aprobación de la ley de marras.

El siguiente 14 de marzo la “ley Mucci” resultó rechazada en la Cámara de Senadores, donde la mayoría justicialista prevaleció sobre opositores e independientes; algunos de estos últimos reaccionaron adhiriéndose a la postura de la mayoría, al sentirse indebidamente presionados por la exagerada insistencia de algunos legisladores radicales que, desesperados por el vuelco desfavorable operado, hacían esfuerzos desmedidos para evitar el traspié.

Alfonsín optó entonces por mantener en vigencia la antigua ley sindical 22.105 promulgada por el gobierno de facto y seriamente cuestionada por la Organización Internacional del Trabajo(OIT). También se opuso tenazmente a restablecer los mecanismos de las Convenciones Colectivas de Trabajo, con la finalidad de mantener en manos del Estado el poder de fijar los salarios. El rechazo de la “ley Mucci” provocó la renuncia de su mentor, quien fue reemplazado por Juan Manuel Casella en el ministerio.

De aquí en más, la CGT se constituyó en la principal opositora del gobierno radical y su Secretario General, Saúl Ubaldini ( por causas azarosas o circunstanciales), fue el referente más destacado de esta organización que durante los siguientes cinco años posteriores al rechazo de la ley produjo casi 4000 huelgas sectoriales y de empresas (el 67% de las cuales correspondientes al sector público) y 13 huelgas “generales” que terminaron por minar en forma drástica la gobernabilidad radical.

La nueva ley.

Recién en 1987 el gobierno de Alfonsín cambió su estrategia de confrontación con el sindicalismo al seleccionar como ministro de Trabajo a un dirigente sindical de primer nivel, Carlos Alderete, Secretario de Luz y Fuerza. El nuevo ministro patrocinó en 1988 una nueva ley sindical, la 23.551, aprobada con la unanimidad de los representantes de todos los partidos políticos y dirigentes sindicales. Sólo la Unión Industrial Argentina (UIA) cuestionó ante la OIT la promulgación de esta ley por considerarla de efectos negativos para el desarrollo nacional.

Consideraciones finales.

Esta fue la primera gran derrota política de la gestión presidencial de Alfonsín, la que sumada a la equivocada administración económica- financiera, hizo que el presidente tuviera que entregar 6 meses antes su gobierno a un peronista, el doctor Carlos Saúl Menem.

FIN DEL BOLETÍN N° 107.

B106- Las "IDEAS" del Secretario de Derechos Humanos

Boletín de fecha 03 de agosto de 2007

Temas desarrollados
Origen de la política de “Derechos Humanos” del actual gobierno.
Los niños nacidos en cautiverio
Desconocimiento de la existencia de la guerra revolucionaria.
Algunas reflexiones finales .

Origen de la política de “Derechos Humanos” del actual gobierno.

Para poder comprender las políticas de DDHH del gobierno nacional nada mejor que conocer lo que piensa aquél que conduce la cartera respectiva. En este caso se trata de analizar el pensamiento y orientación del Dr Eduardo Luis Duhalde
[1] a partir de un libro escrito por él en el exilio e impreso en diciembre de 1983 en nuestro país con el título “El estado terrorista argentino”. La tesis que desarrolla es que la implementación del “terrorismo de estado” ( por él supuesto), respondió a la necesidad de imponer un modelo económico y además, por otras razones necesarias para avalar esa tesis , sostiene que hubieron 30.000 desaparecidos y que hubo un genocidio, ocultando los datos reales que él disponía, en razón de su profesión y actividad. (abogado, militante ideológico de la subversión y defensor de terroristas ).

Es notorio en su lectura que todas sus referencias y apoyaturas bibliográficas se hacen sobre autores que sostienen la lucha de clases y la visión del marxismo leninismo.

Insiste en el ataque al capitalismo y ensalza la lucha de clases ( “la luchas políticas y reivindicativas de las masas populares”) , asegura que los obreros son antipatronales y antiimperialistas, lo que no refleja nuestra realidad.. Afirma, sin conocer los programas de estudio , que los cuadros militares latinoamericanos eran instruidos por EEUU, en contrainsurgencia y en lo ideológico, preparándolos para hacerse cargo de los gobiernos de sus países.

Expresa erróneamente que en Tucumán, las FFAA intervinieron con la doctrina de contrainsurgencia norteamericana y dice que comienza allí el terrorismo práctico: “secuestros, centros clandestinos de prisioneros, interrogatorios y torturas, retención ilegal y sin término”, cuando en realidad las FFAA iniciaron una operación de guerra en cumplimiento de órdenes impartidas por un gobierno constitucional y legítimo y aplicaron la doctrina y reglamentos vigentes( con doctrina francesa). El éxito obtenido respondió a la suma de los combates librados cuerpo a cuerpo en el monte y a los métodos de guerra no convencionales aplicados sobre su retaguardia, que también respondían a esos reglamentos vigentes.

Para el autor, los terroristas “eran miembros opositores a la dictadura, (¿en los gobiernos de Perón e Isabel también?) o militantes populares. En la pag 70 dice que “ las víctimas (desaparecidos) eran los civiles argentinos sospechosos de liberalismo, progresismo o idealismo” (por supuesto no dice que pertenecían a las organizaciones armadas clandestinas y que los asesinatos, los atentados, secuestros extorsivos, intimidaciones y torturas, era su normal desenvolvimiento)
[2]

Lo que los gobiernos constitucionales y de facto llamaban “terrorista subversivo” él lo define falazmente como “un militante político de una organización revolucionaria, extensible a todo opositor democrático y antiimperialista”.

En la Pag 91, se refiere a que la represión fue institucional y que todo el personal militar participó debido a las rotaciones ordenadas. Y en la página siguiente transcribe las palabras del general Riveros en la 705 reunión de la Junta Interamericana de Defensa ( 24 Ene 80) que expresó: “Hicimos la guerra con la doctrina en la mano….Esta guerra la condujeron los generales, los almirantes y brigadieres…La guerra fue conducida por la Junta Militar …” Ésto ratifica que fue una guerra institucional, conducida por el poder político, inicialmente el gobierno constitucional luego el de facto, a partir de marzo de 1976. y no excesos de unos pocos.

Describe lugares de detenidos que le habrían descripto 50 personas liberadas, sin aclarar la contradicción existente entre su afirmación de que a todos los prisioneros se los mataba, y éstos que estaban liberados, sin explicar cómo ni por qué.

Dice también que la derrota en Malvinas fue debido a “la carencia de virtudes de su oficialidad, acostumbrada a matar sin mayores riesgos en la lucha antisubversiva, pero poco dispuesta a los sufrimientos y pérdidas de una guerra convencional frente a un enemigo decidido a ganar”.
Con lo cual, además de mostrar su animadversión contra las FFAA desconoce los porcentajes de bajas de oficiales y suboficiales durante esa gesta, que rebaten por sí mismos estas afirmaciones (cuya actuación ha sido ponderada en muchos libros escritos por los jefes ingleses intervinientes en el conflicto) Además está aceptando tácitamente que hay “guerras no convencionales”, como la guerra revolucionaria .

En la Pag 145 dice que “todo izquierdista, era considerado enemigo a exterminar”. (sin explicar por qué no se ilegalizó ni se persiguió al Partido Comunista)

Justifica que las estructuras de las organizaciones políticas revolucionarias fueran clandestinas diciendo que era para defenderse de la “Triple A”. Sin “recordar” que las primeras actuaban desde 1970 y la Triple A, desde fines de 1973. Expresa que el criterio era la eliminación física de todos, aún los de escaso compromiso político ( En contradicción con lo expresado respecto a los liberados)…y repite lo de los 30.000 desaparecidos como slogan reiterativo.
En las descripciones que efectúa el autor sobre los presuntos torturados, siempre hay gran imaginación para novelar y hacer extremadamente cruel a los interrogadores, inventando situaciones y generalizando procedimientos que contienen un gran ingrediente psicológico para llegar a los jueces y al público nacional e internacional. Las crueldades denunciadas en su casi totalidad, eran falsas por innecesarias, ya que es conocido que la masa de los apresados daban información por la sola situación en que se encontraban.
La gran cantidad de actuales testigos y acusadores ( pagados) fueron prisioneros pertenecientes a las organizaciones terroristas, liberados por haber colaborado ampliamente y sin limitaciones con las FFAA. (Debemos dejar constancia que otra gran cantidad de combatientes revolucionarios no aceptó esta acción política pergeñada por el CELS y otros abogados, que lucran con los derechos humanos, ni aún con estímulo de dinero u otras prebendas ).

En la Pag 181 , en el límite de su paroxismo, expresa que las víctimas entre asesinados, detenidos y desaparecidos alcanza la cifra de 50.000 !! ( ¡Para mentir hay que hacerlo en grande! ya que los datos de la CONADEP – inflados por falsas deuncias - hablaban de 7.830 legajos, de los cuáles sólo 4.905 tenían datos de identificación de presuntos desaparecidos).

Los niños nacidos en cautiverio.

En la Pag 193 , parte deliberadamente de una cifra que sabe falsa: “30.000 desaparecidos”, afirmando que cada 2 hombres había una mujer, ( También falso, ya que las listas de “presuntos desaparecidos” difundidas por las organizaciones de DDHH y la misma CONADEP”, prueban que la proporción era de 3 a 1 ) y que por lo tanto, las desaparecidas eran 10.000, y que debido a las edades y estadísticas de Argentina, (que consideraría preñada el 5 % de la población femenina) alrededor de 500 o más de esas mujeres, debían estar embarazadas… .

Sin embargo, si hacemos el mismo cálculo con números mucho más reales : 4905 presuntos desaparecidos (número que figura en el anexo de la CONADEP con identificación completa y número de documento) y de ellos, un tercio, o sea 1.226 mujeres, tendrían que estar embarazadas alrededor de 82 , sin tener en cuenta que no todas habrían llevado a feliz término su embarazo.

Es decir, que de esa metodología sobre datos falsos – desde el inicio - el ahora Secretario de DDHH ha inducido un falso número de niños nacidos en cautiverio y el posterior clamor y denuncia de las “abuelas de plaza de mayo” por 500 niños nacidos en cautiverio. ¿ O debemos creer que es una coincidencia de números las denuncias de la señora Carlotto?

También se refiere a 130 adolescentes entre 15 y 18 años , desaparecidos e inocentes….. ( ¿estaría en esa nómina el asesino que tenía 16 años del Cap Viola y su hijita, y otros tantos criminales pertenecientes a las OPMI de esas edades? ). No dice nada el autor de todos los menores reclutados por las organizaciones terroristas, incluyendo muchos estudiantes secundarios, pertenecientes a la “Unión de Estudiantes Secundarios – UES” - de Montoneros (que eran milicianos con instrucción política y militar) y la “Juventud Guevarista” del ERP, en contravención a los principios de la Convención de Ginebra de 1949 (Protocolo II Adicional ).
Recordamos que la Ley del Servicio Militar Obligatorio se cumplía a los 18 años y que fueros “esos casi niños”, como los llama el autor, los que formando parte de los “ejércitos del ERP y Montoneros” traicionaron a sus compañeros que prestaban servicio por ley y entregaron las unidades militares que fueron atacadas para robar armamento, participando en la matanza de oficiales, suboficiales y soldados (también de 18 años), además de colocar explosivos en atentados terroristas varios.

Desconocimiento de la existencia de la guerra revolucionaria.

El autor fiel a su ideología y a sus intereses políticos, dice: “Una guerra que no existió. Un enfrentamiento entre el brazo armado del gran capital y un pueblo indefenso. Un genocidio planificado”(Pag 120).
La falta de racionalidad en sus expresiones sólo nos puede hacer pensar con desazón que este personaje es hoy “Secretario de Derechos Humanos” del gobierno nacional. ¿ Podemos esperar justicia y equidad ? Porque niega expresamente que hubo una guerra a pesar de la constancia de la existencia del desarrollo de una “Guerra Revolucionaria” aceptada por la Cámara Federal que juzgó a las Juntas militares (Causa 13) y por todos los combatientes revolucionarios ( Hay documentos internos, panfletos, revistas y libros escritos por ellos donde lo sostienen). Como hombre de Derecho, no puede tampoco ignorar que la Convención internacional sobre el genocidio, incorporada a nuestra legislación en 1956, define claramente las características de ese delito – definición aceptada hasta hoy – que no encuadra en ninguno de los actos cometidos por las FFAA argentinas.

Para completar sus mentiras, refiriéndose a los terroristas muertos, en la Pag 221, dice (…) “ así pacíficos hombres y mujeres aparecen como “guerrilleros muertos en su ley”

En las páginas 236/7 expresa que si a los prisioneros los iban a matar, no entendía por qué los torturaban…Luego da alguna de sus explicaciones: que las torturas las hacían por “odio de clases” (como si los “torturadores” – hoy acusados – pertenecieran a la “oligarquía o al nivel alto del sector empresarial o financiero” ) por “razones religiosas” con un criterio expiatorio…porque con sus sufrimientos pagaban sus culpas” ???, por debilidad moral, así se sentían más fuertes ( ¿ Eran sádicos, enfermos, locos, débiles mentales? ).

Lo raro es que, en su elucubración, no pensara que era para extraer información y poder destruir a la organización terrorista enemiga. ¡O sería porque eran pacíficos ciudadanos o jóvenes altruistas!

Finalmente en su tercera parte, en la Pag 252, trata la actividad a desplegar - estrategia a ejecutar - y los conceptos básicos para el accionar político y jurídico, que fueron elaborando junto con Rodolfo Mattarolo (hoy su Subsecretario de DDHH – ex ERP ) y otros, que les permitió desarrollar con apoyo internacional , una persecución judicial contra sus vencedores, en reemplazo de la lucha armada inicial que habían perdido. De esa forma planificaron cómo obtener:

1. Jurisdicción internacional
2. Su carácter de delito continuo
3. La imprescriptibilidad de la acción
4. los criterios de responsabilidad objetiva. ( en función de los cargos y responsabilidades)
5. La inversión de la prueba
6. Los remedios procesales internacionales

No obstante explicarlas más adelante, en la pag 255, aclara que estas observaciones, a pesar que van dirigidas a los “juristas idóneos”, son más políticas que jurídicas. ( y entonces ???)

En la Pag 261 expresa cual era el objetivo buscado con esa estrategia al decir : “ ningún hecho puede quedar en el olvido, ni ningún crimen por investigar y juzgar. No puede haber impunidad alguna. No hay terceros caminos, ni soluciones intermedias”
(Por supuesto amigos lectores está hablando de las fuerzas legales, no de los crímenes de los terroristas subversivos que él prohijaba, adoctrinaba e impulsaba).

Por último en sus páginas finales reflexiona: “Así, la desarticulación del aparato represivo ilegal, el castigo de los crímenes e ilícitos cometidos y el fortalecimiento de una democracia popular, profundamente participativa, aparecen como el único reaseguro contra la supervivencia del Estado Terrorista”. … “La excusa de la guerra contra la subversión internacional, fue la máscara con que se disfrazó los vastos objetivos del golpe: impedir la construcción de” … “una sociedad civil que tarde o temprano debía desembocar en un proceso liberador autónomo, independiente y consecuentemente antiimperialista” … “ democracia participativa en todos los órdenes de la vida nacional, desde abajo hacia arriba, es el largo camino de la victoria popular”.

ALGUNAS REFLEXIONES FINALES.

1.-El autor sostiene que durante el período del gobierno de facto de las FFAA, 1976 /1983 , se constituyó un “Estado Terrorista” . No existe una categoría o tipificación jurídica desde el punto de vista del derecho penal ni constitucional, que encuadre dicho concepto, ni está consagrado en ningún tratado internacional. Conocimiento que debe tener el autor que es abogado, fue juez y también profesor universitario en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UBA . Los códigos penales sancionan conductas individuales de personas físicas exclusivamente. El Estado es una persona jurídica y por lo tanto no comete ilícitos penales.

Los terroristas , las organizaciones de DDHH y los abogados que los defienden insisten en imponer el concepto de “terrorismo de Estado” para adoptar el rol de víctimas. Por lo tanto si logran imponer ese concepto político , habrá víctimas de ese terrorismo. Así, los terroristas pasan de ser agresores de la sociedad a ser protegidos y defendidos por el mismo Estado .
Su intención al sostener esa denominación es demonizar y punir la acción defensiva llevada a cabo por las instituciones del Estado, que de ser víctima de esa agresión se convierte en victimario, cuando se logra instalar un término político (no jurídico) de deliberada connotación ideológica.

2.-Respecto a su tesis de que el “terrorismo de Estado” se impuso para sostener un modelo económico social liberal, que sólo podía ser puesto en ejecución acallando las voces contrarias mediante ese terrorismo efectuado desde el Estado , es una falsedad fácil de comprobar con sólo repasar el material documental de la época que reflejan con lujo de detalles el caos imperante y el riesgo de disolución nacional los meses anteriores al golpe de Estado. Por otra parte las políticas, liberales o neo liberales, continuaron y se acentuaron en la década del 90, sin que curiosamente, los gobiernos tuvieran que recurrir a la represión y al “terrorismo” para “disciplinar la sociedad” e imponer esos modelos económicos.

Consecuentemente, no existe argumento fundado alguno que permita relacionar las acciones necesarias para defender a la población y a sus instituciones de la acción armada de quienes querían asaltar el Poder para cambiar el sistema constitucional, con “la supuesta imposición, mediante el miedo, de una política económica determinada”.

Este libro es otro intento de justificar la idea y la praxis utilizada por los marxistas leninistas, aplicando los procedimientos e ideología de la “guerra revolucionaria”, ya que el enemigo a batir siguen siendo las fuerzas armadas que son el “baluarte” del sistema que pretenden cambiar para convertir nuestro país en una dictadura comunista (disfrazada como socialista democrática) donde el “capital y los negocios consecuentes, lo manejen los revolucionarios”

FIN DEL BOLETÍN Nro 106.

[1] Abogado. En 1968, su estudio de la calle Rodriguez Peña al 200 era “un polo nacionalista revolucionario” ( libro “Galimberti” de Larraquy y Caballero). A principios de los 70, Santucho lo contrató para defender al ERP porque se iba a iniciar una guerra donde había que preparar los defensores (libro “Todo o nada” de María Seoane). En 1972 recibió en Chile a los terroristas escapados de Rawson. Como director de la revista “Militancia para la Liberación”, junto con Ortega Peña - asesinado por la “Triple A” – instigaba y hacía apología de las acciones terroristas, incluyendo dichos como :”sólo la guerra del pueblo salvará al pueblo” , “eliminar de esta tierra la raza de los explotadores” , etc. En 1976 se exilió a España y fue uno de los principales dirigentes que organizó las denuncias internacionales contra el país estructurando y coordinando una gran cantidad de organismos de denuncia de DDHH en Europa. Volvió al país en 1983 para seguir activando política e ideológicamente, presentó este libro y comenzó a organizar junto con el CELS de Verbitsky toda la estructura jurídica- política para eliminar las leyes de “Punto final” y “Obediencia debida” a fin de poder juzgar y condenar a todos los niveles de cuadros de las FFAA, de Seguridad y Policiales. En 1986, participó en Managua junto con Gorriarán Merlo del lanzamiento del Movimiento Todos por la Patria (MTP) que será quien ataque al RI Mec. de La Tablada.(libro “Memorias” de Gorriarán Merlo). Fue profesor de la UBA y hasta 2003 fue juez de Cámara de los Tribunales Orales, cargo al que renunció para participar de la campaña de Kirchner.

[2] En un reportaje, Firmenich había expresado que “alguno que otro desaparecido habría que no era militante”, pero la mayoría de ellos eran miembros de las organizaciones revolucionarias y la masa, eran montoneros.

sábado, 14 de febrero de 2009

B105- Teoría de los "DOS DEMONIOS"

Boletín de fecha 27 de JULIO de 2007

Temas desarrollados
La estrategia .
Los decretos 157/83 y 158/83.
La intención práctica de esta teoría.

La estrategia .

La estrategia del equipo de ideólogos y abogados de Alfonsín, estuvo basada sobre la premisa fundamental de no reconocer que en la Argentina había habido una “guerra no convencional,” conocida internacionalmente en la época como “guerra revolucionaria”.

Debemos explicar que este tipo de conflicto tenía tres actores principales: “las organizaciones armadas revolucionarias”, “las instituciones del Estado que las combatían” y “la población general que habitaba el territorio y que constituía el blanco de las primeras”, ya que para ellos, ganar la población era ganar la batalla a las fuerzas regulares que se le oponían. Este último actor (la población) era en definitiva, quien iba a inclinar la balanza a favor de una de las partes contendientes.

Así ocurrió en otras partes del mundo y así sucedió en la Argentina, donde la masa de la población y sus instituciones apoyaron la lucha antiterrorista, colaborando con denuncias e información con las fuerzas legales a pesar del esfuerzo de las organizaciones terroristas para convencerla de lo contrario por medio de la crítica al sistema de gobierno imperante (persuasión), el uso de la violencia extrema (terrorismo) y la acción sicológica emergente, con el objeto de lograr el apoyo a sus fines y el crecimiento de su poder de combate, para lograr ganar la guerra en la que estaban empeñados.

A fines del gobierno militar, Alfonsín había expresado en varias oportunidades que la ciudadanía había sido agredida por dos terrorismos: por un lado , las organizaciones terroristas y por el otro, grupos descontrolados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Estas manifestaciones tardías y oportunistas ( en 1978 había suscripto una declaración de apoyo al accionar antisubversivo del “Proceso de Reorganización Nacional – PRN . Ver Boletín Nro ) pusieron de manifiesto una actitud que no era casual ni ingenua. Alfonsín formaba parte de una clase política a la que deseaba exonerar de sus graves responsabilidades, pese a que pocos años antes había cometido enormes desatinos, cuyo resultado había potenciado a las facciones terroristas y sumido al país en virtual estado de cuasi anarquía.

Entre los actos más significativos se computaban la amnistía dictada por el Congreso Nacional el 26 se mayo de 1973, convalidando la liberación anticipada de 2000 terroristas sentenciados o en proceso, como así también de la Disolución de la Cámara Federal en lo Penal y la abolición de la legislación antisubversiva, medidas éstas que dejaron al Estado inerme para actuar legalmente contra el terrorismo organizado.

Posteriormente cuando la Junta Militar, antes de entregar el gobierno definió públicamente que todo lo actuado en la lucha contra el terrorismo – aún por las fuerzas de seguridad y policiales- era un acto del servicio, el sentido inicial de su discurso cambió, englobando como segundos participantes no a aquellos “grupos descontrolados de las FFAA y SS” sino a la totalidad de esas instituciones.
Los decretos 157/83 y 158/83.
Los decretos 157/83 y 158/83 cristalizaron esa aviesa intención. Particularmente el segundo de ellos, que enjuiciaba a las tres primeras Juntas militares por la conducción de la “guerra contra el terrorismo y que establecía como punto de partida de ese análisis el 24 de marzo de 1976. De tal forma se excluía arbitrariamente la responsabilidad que le cupo en esa contienda a los tres gobiernos constitucionales anteriores, a pesar de las gravísimas violaciones cometidas y consentidas por el Dr. Cámpora, de la creación de la organización criminal “Alianza Anticomunista Argentina – AAA” por parte de Juan Domingo Perón y también, aunque con otro sentido, la decisión de la presidenta María Estela Martínez de Perón “ de aniquilar” la subversión mediante el empleo de las Fuerzas Armadas, en razón de que las organizaciones terroristas habían sobrepasado las capacidades de las fuerzas de seguridad.

Esos gobiernos constitucionales tenían en su haber los 500 asesinados por la organización conducida por López Rega y alrededor de 900 desaparecidos.( Ver Boletín )

Esta visión política fue bautizada por la izquierda como “la Teoría de los dos demonios”, la que fue difundida como tal por los medios de comunicación y apoyada por los dirigentes civiles de los distintos ámbitos del quehacer nacional, en razón que con ella se colocaban como espectadores de la guerra fratricida y fuera de toda responsabilidad.

De esta forma los argentinos podían imaginarse víctimas de la agresión de “dos bandos” empecinados en matarse entre sí, por motivos ajenos al sentir de la sociedad. Falacia inadmisible, pues se trataba de equiparar al órgano institucional (FFAA) designado por el Poder Ejecutivo y avalado por los restantes Poderes del Estado para defender a la sociedad, precisamente de ese “demonio” que agredió y asoló a la Nación y a sus instituciones: las organizaciones terroristas.

El mentor en la práctica de esta teoría tuvo no sólo la reprobación de las FFAA y de Seguridad, sino también la crítica de los ex miembros de la organizaciones terroristas subversivas. Al respecto transcribimos algunos párrafos del libro escrito por Cirilo Perdía dirigente de la “Conducción Nacional de montoneros”: “ La Otra Historia. Testimonio de un jefe montonero” :
(…) “en lugar de la verdad y la justicia , se colocó el código Penal, quedando reducidos al plano jurídico más de 25 años de historia”… “Más aún, la metodología aplicada (el proceso penal) y la teoría que la sustentó (Teoría de los dos demonios) contribuyeron a ocultar la historia y obturar sus enseñanzas. Tal vez ese haya sido su objetivo.”.

“No se podía con esa teoría y de esa forma, explicar los recurrentes golpes de estado. Ni siquiera el del 24 de marzo de 1976 fue considerado antijurídico, tan es así que en el juicio que luego se les hiciera, las Juntas Militares no fueron acusadas por el delito de sedición ni de usurpación de los poderes del estado.”

“En cambio, el Código Penal, sí les permitió al radicalismo y a muchos otros, colocarse por fuera de las responsabilidades históricas. Dejaron solamente a la guerrilla y a las Fuerzas Armadas en el lugar de la barbarie. Ellos se reservaron el podio de la civilización y la democracia…”

… “Volviendo a la visión de la “Teoría de los dos demonios” cabe describirla como históricamente falaz, institucionalmente hipócrita y éticamente insostenible”...

“Atribuir lo ocurrido a “bandas mesiánicas” por un lado y a sectores militares psicópatas que se complacen en la ejecución de delitos aberrantes, por el otro, no explica lo principal : el enfrentamiento ancestral entre proyectos diferentes de país, es más, lo niega” ( lo resaltado es nuestro)

También nos interesa transcribir declaraciones de Alicia Pierini ex militante montonera y Secretaria de Derechos Humanos en el primer gobierno de Menem, expuestas en el libro de la periodista Viviana Gorbato : “Montoneros, los soldados de Menen. ¿Soldados de Duhalde?”

(…) “Cuando asumí ya había sido dictado el indulto. Con ese tema siempre tuve una idea original si se quiere: siempre cuestioné toda la política del alfonsinismo; cuestioné que se viera enmarcado dentro del ámbito penal lo que había sido una lucha política, con crímenes de guerra. Cuando se hace el juicio a las juntas en el 85 yo cuestioné que ésto jurídicamente no tendría destino, que sería un hecho político con formato jurídico. Porque en derecho penal hay autores, coautores, cómplices, encubridores. Si seguíamos aplicando el derecho, acá no quedaba nadie en pie o por lo menos medio país iba que tener que sentarse en el banquillo de los acusados. La verdad es más importante que el castigo. Es más importante el hecho político que el jurídico.

Por último, una transcripción del libro “Memorias de Enrique Gorriarán Merlo. De los 70 a la Tablada” Ed Sudamericana.
(…)Recuerdo que en el 84 Jaime Lusinchi había ganado las elecciones en Venezuela y a su asunción viajaron funcionarios nicaragüenses. … y allí en Caracas, en una reunión con gente de la cancillería argentina, se interesaron por el decreto en contra nuestro y, en particular, por mi caso. La respuesta obtenida de los funcionarios argentinos fue que el gobierno no pretendía perseguirnos, sino que con ese decreto (157/83) lo que buscaban era justificar el juicio a las Juntas, dando la idea de que se perseguía todos por igual. También les dijeron que me pidieran que no hiciéramos acciones armadas”
(lo resaltado es nuestro)

La intención práctica de esta teoría, era marcar dos momentos en su aplicación, con los que lograrían impunidad para dos de los tres actores de los que hablamos al comienzo y una sola condena : a las FFAA y de Seguridad. Veamos los momentos:

1ro. Al tomar como fecha del comienzo de los asesinatos y desapariciones el 24 de marzo de 1976, se exculpó a todos los dirigente políticos de su responsabilidad sobre toda la historia anterior, incluyendo asesinatos y desapariciones.

2do. La Justicia argentina, impulsada por el poder político, violando preceptos constitucionales y normas esenciales del Derecho, ha establecido que los “crímenes” cometidos por las FFAA tienen carácter “imprescriptible”, lo que posibilita una persecución interminable a miembros de las fuerzas legales de cualquier jerarquía, su sometimiento a juicios sin términos y detención por tiempo indeterminado. Contrariamente, los crímenes de los terroristas son considerados ”delitos comunes” y, en función al tiempo transcurrido, ha operado su prescripción y no hay posibilidad de acción legal contra ellos.

Esta perversa interpretación de la justicia permite que a la fecha exista un único grupo de perseguidos por la guerra contra el terrorismo: los que recibieron la orden de aniquilarlos.

Por otro lado, las organizaciones terroristas no tenían bienes físicos reconocidos, ni estructuras legales, ni sus miembros tenían “legajos” (como los miembros de las fuerzas legales) para conocer sus cargos ni acciones, ni sus lugares de acción delictual. Sus crímenes fueron asumidos por el conjunto de cada organización y hoy , que están disueltas, no reconocen ninguna acción como personal y por lo contrario, están tratando de convertirse en “civiles inocentes” con el ocultamiento y modificación de las pruebas de esos crímenes. Su presencia como “demonio” está diluída o desaparecida.

Este engendro malicioso conocido como la “Teoría de los dos demonios” demuestra en forma palmaria una vez más la habilidad de nuestra clase política para borrar los errores propios y eludir las responsabilidades básicas inherentes a sus cargos, para descargarlas en un “chivo expiatorio” propicio.

Como otras tantos mitos y mentiras oficiales repetidas hasta el cansancio, (un ejemplo de los tantos que tenemos es el caso de los “desaparecidos”. En todo listado escrito oficial, incluyendo los de las ONG de derechos humanos publicados en internet, la cantidad “seriamente” no llega a 6.000 y todos : funcionarios, periodistas, políticos, artistas, locutores, etc, hablan de 30.000 y los que escuchan, callan…o lo que es peor, asienten.) esta teoría mendaz ha sido incorporada al imaginario colectivo como “verdad revelada” por los medios de comunicación social.

Sin embargo, basta hojear superficialmente los documentos oficiales o material gráfico y visual de aquella época ( inclusive la misma literatura de origen terrorista) para comprobar que el cúmulo de delitos y gravísimos errores de nuestra dirigencia, abonaron el camino hacia la guerra revolucionaria.

Todos aquellos que sientan pasión por la verdad podrán comprobar documentalmente cómo los partidos políticos, sin distinción, no sólo convalidaron el golpe de estado del 24 de marzo de 1976, sino que fueron sus reales impulsores, como así también que brindaron su consenso categórico para que las FFAA fueran empleadas para el aniquilamiento del terrorismo subversivo.

FIN DEL BOLETÍN Nro105.-

B104- Muertos sin identificar. Las tumbas NN.

Boletín de fecha 19 de Julio de 2007

Temas desarrollados
Denuncias sobre inhumación de cadáveres NN.
Datos aportados por un libro sobre los cadáveres NN.
Antecedentes de la formación del EAAF.
Constitución del Equipo Argentino de Antropología Forense( EAAF).
Informe del Dr Snow sobre las tumbas anónimas .
Cambio de método del EAAF.
Postura reiterada de las “Madres de Plaza de Mayo”.
Consideraciones finales .


Denuncias sobre inhumación de cadáveres NN.

El 27 de diciembre fue denunciado la inhumación de 14 (catorce) cadáveres pertenecientes a NN en fosas comunes en el Cementerio de Rafael Calzada – Moreno, provincia de Buenos Aires – los cuales habrían sido acribillados a balazos en la vía pública, según declaró a la prensa el Juez Federal de Mercedes.

El 28 de diciembre el Intendente Melchor Posse denunció ante la justicia penal la existencia de 41 cadáveres inhumados en el Cementerio Boulogne expresando que eran personas abatidas en el último gobierno de facto.

Prácticamente a partir de aquí se inició una cadena de denuncias similares en distintas zonas del país acerca de la inhumación de cuerpos NN en la época de la lucha contra el terrorismo subversivo las que fueron difundidas por diarios y revistas, algunas en forma sensacionalista.
Como ejemplo diremos que desde el 27 de diciembre a fines de marzo del año siguiente, hubieron 42 casos de denuncias por inhumaciones en distintas ciudades.

Datos aportados por un libro sobre los cadáveres NN.

En 1992, el Equipo Argentino de Antropología Forense ( EAAF) hizo editar un libro, escrito por Mauricio Cohen Salama, con el título : “ Tumbas anónimas” y el subtítulo “ Informe sobre la identificación de restos de víctimas de la represión ilegal”. Este informe, según su autor, es parte de un proyecto financiado por la Ford Foundation y elaborado por el mencionado EAAF.
En su introducción dice, acerca del último párrafo que resaltamos: “Pasada la sorpresa inicial, el asunto fue dejado de lado primero por los medios de comunicación y, enseguida por casi todo el mundo. Las bolsas que contenían los huesos exhumados quedaron abandonados en distintos depósitos o fueron enterrados nuevamente. Los informes que señalaban gran cantidad de tumbas de NN en numerosos cementerios del país fueron archivados.”

Haciendo distintas exposiciones de lo sucedido, expresa que prácticamente nadie estaba interesado en el problema de los “muertos anónimos” y daba el ejemplo de la organización Madres de Plaza de Mayo quienes dijeron no querer los restos de los hijos dando como clarificadora de esa situación las expresiones de Hebe de Bonafini quien les dijo: “Si nuestros hijos fueron fusilados con sus compañeros, ahí van a quedar. Porque ellos murieron por un ideal, por querer algo mejor, ahí van a quedar (… ) Para nosotras el afecto impresionante que tenemos por nuestros hijos, no es justamente buscar un montón de huesos. Nuestros hijos son otra cosa, han pasado a ser otra cosa, están en todos los que continúan la lucha política ( entrevista a Hebe Bonafini el 30/7/88).”

En su contenido, dice el mencionado libro acerca de las denuncias producidas: “ A estas noticias, la gran mayoría publicadas en los últimos días de 1983 y en enero de 1984, corresponden las siguientes cifras:
Hubo denuncias sobre inhumaciones irregulares en 19 cementerios, en 6 de éstos no se especifican el número de muertos NN involucrados; para los 13 restantes se denunció un total de 1341 casos.
(…) en otros 16 restantes distintos de los anteriores se exhumaron los restos de 598 personas, 23 de las cuales fueron identificadas”. ( En síntesis, un total de 1.939 cuerpos más un número no determinado equivalente a un 1/6 de las inhumaciones : 6 cementerios sobre 35 ).

Antecedentes de la formación del EAAF.

A principios de 1984, la CONADEP, por pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo, invitó a una delegación de científicos de la Asociación Americana por el Avance de la Ciencia ( AAAS ). En mayo de ese año llegó la delegación de EEUU formada por el Dr Clyde Snow antropólogo forense (con mucha experiencia en accidentes aéreos y crímenes), el Dr Lowell Levine, odontólogo forense, el Dr Leslie Lucas patólogo forense, la Dra Claire King especialista en genética , 2 médicos más y un periodista.

La comisión , sin mucho crédito de las organizaciones de DDHH, dio una conferencia científica en La Plata y en junio una conferencia de prensa y allí Levine explicó la importancia de la identificación y determinación de la causa de la muerte de todos los NN que podían aportar evidencias científica importante para condenar a los culpables por los crímenes. Explicando a continuación el procedimiento a utilizar, comenzando por los datos “pre-morten” y recomendando la creación de equipos multidisciplinarios que debían ser los únicos responsables de las exhumaciones a realizarse. También se habló de la necesidad de crear un banco nacional de datos.

Al día siguiente en una conferencia de prensa, Levine, que si bien era imposible determinar la causa de muerte de todos los cuerpos NN , en algunos casos sí, era posible hacerlo.

El 14 de junio varios estudiantes de antropología social, participaron con Snow y su equipo de una exhumación de cadáveres NN para tratar de proceder a su identificación y causas de su deceso. En julio de 1984 y luego de la partida de los estadounidenses, cinco de esos estudiantes enviaron una carta al presidente de la CONADEP, Arturo Sábato proponiendo la creación de un equipo arqueológico especializado, fundamental para identificar los restos de los NN ya que los médicos forenses disponibles no estaban capacitados para examinar restos óseos y por lo tanto no podían hacer una correcta interpretación de los restos. No hubo contestación de la carta.

El gobierno , luego de la entrega del “Informe de la CONADEP” disolvió esta comisión y decidió que su labor fuera continuada por la “Subsecretaría de Derechos Humanos” creada al efecto por el Decreto 3090/84. Además, se encomendó a la misma, entre otras tareas la formación de un equipo técnico que se ocupara de la exhumación y el estudio de restos NN. El reciente subsecretario elegido, Eduardo Rabossi ( profesor de filosofía y ex miembro de la CONADEP), para cumplir ese cometido, invitó al Dr Snow y a otros profesores norteamericanos a dictar un curso destinado a capacitar a un grupo de argentinos. El mismo, denominado “de antropología forense” empezó, luego de algunos inconvenientes, el mencionado curso en enero de 1985 con 22 personas.

Al finalizar, Snow preparó un proyecto de organización con una estructura administrativa que era excesivamente ambiciosa la que fue archivada por Rabossi en virtud de directivas presidenciales, para evitar según algunos, “problemas con los militares”. El 22 de abril de ese año comenzaron las audiencias públicas del juicio a los ex comandantes y entre otros, los fiscales llamaron a testificar al Dr Snow quien hizo una descripción detallada e ilustrada con diapositivas, de las técnicas usadas para intentar la identificación de restos óseos y establecer la causa y manera de la muerte de cada persona en cuestión. Poco después Snow viajó a EEUU y se comprometió, si era necesario, a volver a organizar el centro de investigación. Cosa que hizo posteriormente.

Por entonces la Subsecretaría de DDHH iba perdiendo interés en el asunto. Las Madres de Plaza de Mayo, se oponían abiertamente a las exhumaciones, mientras que otras organizaciones similares , las “Abuelas “, la APDH y el “CELS” apoyaban, pero sin hacer pública su opinión para no enfrentarse con “ las Madres”.

En agosto de 1985, el juez Ramos Padilla pidió a uno de los estudiantes que habían trabajado con Snow y al que conocía, que hicieran una exhumación de 11 personas en el cementerio de Boulogne. El grupo, luego de resolver trabajar sólo un día por semana – debido a sus empleos – y luego de varios trabajos lograron identificar los restos de uno de los NN lo que les dio la confianza necesaria para empezar actuar como un grupo independiente dedicado a la investigación de restos de NN, con un mayor compromiso.

Constitución del Equipo Argentino de Antropología Forense( EAAF).

Después de varias dificultades políticas ( por la indefinición de los funcionarios radicales de la investigación de las tumbas NN) y económicas ( falta de fondos para solventar sus actividades) hubo un distanciamiento entre Snow y el grupo de antropólogos argentinos.

Pasó todo 1986 con algunos trabajos efectuados por ellos a pedidos de abogados y organizaciones de DDHH . En marzo de 1987, los antropólogos mediante la intermediación de los dirigentes del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos ( MEDH) obtuvieron de una institución suiza dependiente de iglesias protestantes una contribución inicial de 5.500 dólares y además, otros 1.000 dólares de la vicegobernadora radical de la provincia de Buenos Aires. En mayo de ese año, se constituyó como asociación sin fines de lucro como “Equipo Argentino de Antropología Forense”.

Sus miembros fundadores fueron : Morris Tidball Binz, Patricia Bernardi, Mercedes Doretti, Luis Fondebrider, Darío Olmo y Alejandro Incháurregui . Clyde Snow fue nombrado miembro honorario de la institución. Otros participantes anteriores, ya habían dejado el grupo. Ese año se incorporó el estudiante de antropología y de abogacía Carlos Somigliana (a) Maco, militante de montoneros (UES) hasta 1977.

Informe del Dr Snow sobre las tumbas anónimas .

Fue efectuado a fines de 1987 en base a una recopilación de María Julia Bihurriet sobre datos proporcionados por 110 municipios de la provincia de Buenos Aires. Snow comprobó que en 34 (treinta y cuatro) de ellos había diferencias estadísticamente significativas entre el número de tumbas NN registradas durante los años 1976 y 1977 y el número de tumbas NN considerado habitual para cada lugar. Además, comparativamente habían más jóvenes, más mujeres y un porcentaje mayor de muertes violentas o sospechosas. Ello indicaba una alta probabilidad de que se tratara de restos de “desaparecidos”. Estableció que esos restos bajo estudio, pertenecían a unos 1.078 cuerpos .

El informe, según el autor, fue entregado a Rabossi quien no le habría dado ningún uso. Posteriormente Snow se desvinculó de la Subsecretaría de Derechos Humanos.

Cambio de método del EAAF.

A partir del fracaso tenido en el intento de identificación de los restos de 30 personas asesinadas en Fátima en un solo hecho ( el 20 de agosto de 1976) , los antropólogos comprobaron la necesidad de obtener información , no sólo de las causas judiciales y se dedicaron, por medio de los familiares de desaparecidos y organizaciones afines a organizar archivos y banco de datos (en computadora) los más completos posibles de cada uno de ellos.

Al ser un equipo independiente que decidía por sí las investigaciones que como peritos – algunas veces nombrados de oficio- realizaba, debía comunicar a los familiares para que conocieran lo actuado, al margen de la distintas reacciones de los mismos.

Postura reiterada de las “Madres de Plaza de Mayo”.

La organización “Madres de Plaza de mayo” siempre expresaban que recuperar los restos de sus hijos era una cuestión individualista que cambiaba a la gente el eje de la lucha política… y que cada devolución quitaría a la madre involucrada la posibilidad de continuar con su protesta”…( pag 107 de “Tumbas anónimas”)

El 21 de diciembre de 1989, las Madres de Plaza de Mayo publicaron una solicitada en el diario “Página 12” titulada : “Luchemos por la vida, no los traicionemos”. Allí en los párrafos más salientes decían : “ En nuestro país, todas las crisis se resuelven de acuerdo a las órdenes emanadas del Pentágono, el Fondo Monetario Internacional y la Banca Internacional. También los jueces condenan y absuelven de acuerdo a esas mismas órdenes”.
(…)
“Nuestros hijos, por más antropólogos que investiguen, jamás morirán, nosotros no lo vamos a permitir, sus ideales, sus ejemplos, alumbran el camino de muchos jóvenes que creen que la utopía es posible”

Consideraciones finales .

Es fácilmente deducible, mediante el análisis del contenido del libro de referencia así como de una innumerable cantidad de información de otras fuentes, incluyendo diarios, que en la época de la guerra interna era cuasi una norma que los muertos del enemigo subversivo terrorista se enterraran subrepticiamente en los cementerios o se dejaran en la vía pública desde donde eran retirados por la policía que procedía al mismo procedimiento, sin efectuar su identificación inhumándolos como “NN”.

Está muy bien documentado que los funcionarios del gobierno del Dr Alfonsín fueron reacios a estimular y apoyar las tareas efectuadas por los distintos equipos de antropólogos.

Los familiares de las presuntas víctimas estaban divididas entre quienes aprobaban el trabajo y trataban de investigar para identificar los restos de sus familiares y quienes no querían identificar los restos de sus víctimas, para que siguieran desaparecidas- por no ser
identificadas- como una bandera política para continuar “la lucha ideológica de sus hijos o parientes”.

Las numerosas exhumaciones efectuadas sin las técnicas y procedimientos antropológicos, como los del EAAF , más el tiempo transcurrido, han perjudicado enormemente las posibilidades de identificación de los cuerpos enterrados como NN, lo que además de permitir que los deudos y la ciudadanía tuvieran la certeza de su muerte, hubiera disminuido notablemente la cantidad de desaparecidos ( muertos) que, como se verá más adelante, no llegan a 7.000.

El libro mencionado, única publicación pública que describe los casos identificados, fue editado sobre la base de datos anteriores a 1992, manteniendo posteriormente la Secretaría de Derechos Humanos y el EAAF un secreto inexplicable sobre los trabajos efectuados los últimos 14 años. ¿Será por lo que expresa el apartado tercero precedente? o ¿ Será que cada identificado es un desaparecido menos ?....

FIN DEL BOLETÍN Nro 104.-

B103- Alfonsín designa la CSJN.

Boletín de fecha 15 de Julio de 2007

Temas desarrollados
Introducción .
Nombramiento de los nuevos jueces .
Algunos antecedentes .
Consideración final sobre la CSJN .

Introducción.

Para todo ciudadano de un país republicano la última defensa de sus libertades y derechos se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Constitución Nacional. Capítulo Segundo: Art 116 y 117). Por eso, cuando se deba recurrir a ella debemos confiar que sus resoluciones (fallos) no sean influidas ni por las ideologías vigentes ni por la política del gobierno de turno.

“Las dos decisiones más importantes que debe tomar un gobernante son: Declarar la guerra y nombrar los integrantes de la Suprema Corte de Justicia”. John F. Kennedy

“El poder judicial no tiene ni la bolsa ni la espada, sino solamente el juicio sobre la libertad de los ciudadanos los que no tienen nada que temer de la justicia. Sin embargo ha de temerlo todo de su unión con cualquiera de los otros poderes”. Alexander Hamilton en “El Federalista”

“Hasta 1946 la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue la reserva de las Instituciones, el más intocado de todos los poderes. No hay un solo país del mundo que en menos de sesenta años haya cambiado diez veces la Suprema Corte por razones políticas”. Dr. Rosendo M. Fraga, refiriéndose a la Argentina.

Nombramiento de los nuevos jueces.

En 1983, con el triunfo electoral del radicalismo y la renuncia de todos los integrantes de la CSJN, le quedó al gobierno de Jure recién asumido, la posibilidad de designar la totalidad de los miembros de la Corte, cuestión por si misma inconveniente para el principio de “división de los poderes” y por ende para la salud de la República. Con estos nuevos nombramientos producidos sólo once días después de hacerse cargo continuó la larga secuencia de “Cortes adictas”, que hasta hoy acompañan al gobierno de turno. Fueron nombrados por el presidente Alfonsin

Dr. Genaro Carrió (especialista en Filosofía del Derecho y Derecho Público)
Dr. José Severo Caballero (especialista en Derecho Penal)
Dr. Augusto César Belluscio (especialista en Derecho de Familia)
Dr. Carlos Fayt (especialista en Derecho Constitucional y en Derecho Político)
Dr. Enrique Petrachi (especialista en Derecho Público y en Filosofía del Derecho)

A esta Corte Suprema le correspondería entender en numerosos recursos y apelaciones que plantearon las defensas a lo largo del proceso de la llamada “Causa 13” que se abriría en virtud del Decreto 156/83.

Algunos antecedentes.

El Dr Carrió era radical “alfonsinista”y se desempeño como defensor de Jacobo Timerman e hizo prosperar el “habeas corpus” planteado a favor de dicho ciudadano.
El Dr Caballero había sido vocal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Córdoba y fue destituído por el gobierno de Onganía en el año 1966 (Rev Nro 83 CPACA Biografías)
El Dr Belluscio también era radical “alfonsinista” y había sido anteriormente juez de la Cámara en lo Civil.
El Dr Fayt era socialista democrático y había renunciado a su cátedra en 1966. Fue un escritor prolífero y entre sus obras escribió “Naturaleza del peronismo” en 1957 en donde analiza críticamente a ese movimiento. También colaboró con Marcos Kaplán , del grupo Praxis (marxista) . Durante el PRN como presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires suscribió numerosos Hábeas corpus.
El Dr Petrachi era peronista y en 1973, durante el gobierno de Cámpora, fue Procurador Fiscal de la Cámara Federal . En 1982 fue veedor del Partido Justicialista.

El secretario de esa Suprema Corte fue el Dr Leopoldo Shifrin, quien había sido Subsecretario del Ministerio del Interior durante el gobierno de Cámpora y redactor del proyecto de Ley de Amnistía de 1973 teniendo que escapar del país y exiliarse por amenazas de la Triple A.

Con anterioridad a la asunción de Alfonsín, el mencionado abogado había participado en reuniones periódicas en la “Asociación de Magistrados de la Capital Federal” en donde discutía con otros juristas, (entre ellos Gil Lavedra y D’Alessio - que después formarían parte de la Cámara que juzgarían a los miembros de las Juntas - y también Alconada Aramburu – que sería el Ministro de Educación y Justicia , a cargo de la composición de la Corte y de la Cámara ) sobre la estrategia a desarrollar para el juzgamiento de los nombrados.(Dr Javier Vigo Leguizamón en su libro “Amar al enemigo”). Shifrin era un enemigo ideológico de las FFAA y consecuente con su pensamiento participó de la redacción de los decretos 157/83 y 158/83.

El doctor Carlos Nino, asesor principal de Alfonsín) reconoció posteriormente que los jueces en los tribunales claves eran amigos de la Administración.(Nicolás Marquez en su libro “La mentira oficial”).

Consideración final sobre la CSJN.

En extrema síntesis debemos concluir que la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe ser la celosa cuidadora de los derechos y garantías de todos los argentinos, especialmente los contenidos en el capítulo primero : “Declaraciones derechos y garantías” de la CN , los que no pueden ser alterados por tratados internacionales ni leyes que reglamenten su ejercicio.

¡ Sin una Corte idónea e independiente del Poder político no puede haber justicia !


FIN DEL BOLETÍN Nro 103.-

B102- La cuestión de la deuda externa

Boletín de fecha 05 de Julio de 2007

Temas desarrollados
Legitimidad de la deuda externa .
Antecedentes . Datos estadísticos (1966-1999).
Fuentes de información .
Relación de la política exterior de EEUU con la deuda externa.
Consideraciones finales .


Denuncia de un Juez para investigar la legitimidad de la deuda externa.

El 16 de diciembre de 1983 el Juez Federal Martín de Anzoátegui remitió un oficio judicial (comunicación de un juez) al Congreso de la Nación Argentina en la persona de su Presidente, Dr. Juan Carlos Pugliese. Con el oficio iban 12 cuerpos de la instrucción judicial sobre la investigación de la ilegalidad de la deuda externa argentina. El 27 de diciembre, por iniciativa del diputado Alfredo Bravo, se presentó un proyecto de ley para crear una comisión que investigara la deuda externa. Entrado el proyecto, el mismo fue girado a la “Comisión de Presupuesto y Hacienda” de dicha cámara. Recién el 23 de febrero de 1984 el Senado aprobó la formación de una comisión investigadora de la deuda externa.

Esta derivación del expediente judicial se debió a que de acuerdo a la Constitución Nacional vigente era responsabilidad primaria del Congreso de la Nación intervenir en resoluciones sobre la deuda externa de la Nación. (en su Capitulo IV - Atribuciones del Congreso dice : Corresponde al Congreso: Art 67 inc 6, “Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación” . Esta atribución se mantuvo en los mismos términos después de la reforma constitucional del año 1994. (el resaltado y subrayado es nuestro).

El Juez Federal Martín de Anzótegui, en la misma forma y fecha le envió, mediante otro oficio judicial los mismos antecedentes de la instrucción al Ministro de Economía de la Nación, licenciado Bernardo Grispun, no conociéndose que hubiere tomado alguna iniciativa para profundizar la investigación o impulsado la actuación del Congreso Nacional.

En junio de 1984 se reunieron los ministros y cancilleres de varios países latinoamericanos en Cartagena de Indias, República de Colombia, a fin de discutir y constituir un frente común respecto de la deuda, abogándose por un tratamiento político de la deuda externa de los países latinoamericanos, sin que se llegara a una solución para las situaciones imperantes.

Finalmente, ese fracaso y las necesidades apremiantes de “dinero fresco” que demandaba el gobierno, hicieron que la deuda externa continuara incrementándose considerablemente..

Antecedentes. Datos estadísticos ( 1966 – 1999 )

Período: 28 de junio 1966 al 24 de Mayo de 1973 (6 años y once meses). Gobiernos militares de facto: Onganía, Levinsgton y Lanusse. Deuda recibida 3.276 millones de dólares, deuda final 4.800 millones de dólares. ( Promedio de endeudamiento: 220 millones de dólares por año )

Período: 25 de mayo de 1973 al 23 de marzo de 1976 (2 años y diez meses). Gobiernos constitucionales justicialistas: Cámpora, Lastiri, Perón, Martínez de Perón . Deuda final 7.800 millones de dólares. (Promedio de endeudamiento: 1.059 millones de dólares por año)

Período: 24 de marzo de 1976 al 9 de diciembre de 1983 (7 años y ocho meses). Gobiernos militares de facto. Videla, Viola, Galtieri, Bignone. Deuda final 45.100 millones de dólares. ( Promedio de endeudamiento: 4.865 millones por año) (1) (2) .

Período: 10 de diciembre de 1983 al 8 de julio de 1989 (5 años y siete meses).Gobierno constitucional Alfonsín, finalizado antes del plazo pertinente..Deuda final 65.300 millones de dólares.(Promedio de endeudamiento: 3.618 millones por año )

Período: 9 de julio de 1989 al 9 de diciembre de 1999 (10 años y cinco meses). Gobierno constitucional de Menem. Deuda final 147.667 millones de dólares.(Promedio de endeudamiento: 7.907 millones por año).

Es importante tener en cuenta que este dato solo, al margen de su legitimidad, no es demasiado esclarecedor sobre la eficacia administrativa de cada gobierno, ya que complementariamente faltarían conocer otros indicadores económicos y sociales y sobre todo, las inversiones en obras de infraestructura y en máquinas o bienes de capital, que son esenciales para el desarrollo futuro del país, así como las cifras del PBI ( Producto Bruto Interno ) y computar también la venta de las empresas del Estado (Petróleo, energía eléctricas, gas, agua, etc.)

(1) A partir de 1976 las empresas privadas fueron alentadas por el gobierno y los bancos a tomar créditos internacionales. Dado que el mundo vivía en la era de los petrodólares, los bancos internacionales ofrecían créditos fáciles a tasas bajas. Así comienza el endeudamiento argentino. A partir de 1980 se produjo un viraje en la economía mundial. El crédito se volvió escaso y caro y se inició en nuestro país el fenómeno de convertir deuda internacional de empresas privadas en deuda del Estado. ( esta conversión fue inaugurada por el ministro Sigaut y seguida por los sucesivos ministros tales como Jorge Whebe, así como los directivos del Banco Central, incluyendo a Domingo Cavallo ).
Esas empresas que habían tomado préstamos en el exterior se encontraron de pronto en situación delicada. El Estado salió al rescate. Entre las empresas aludidas se contaban “Celulosa Argentina”(1.500 millones), “Cogasco” (1.350 millones), “ Autopistas Urbanas” ( 950millones ), “Pérez Companc” (910 millones), “Acindar” (650 millones), “Bridas” (600 millones), “Banco de Italia” (550 millones), “Alpargatas” (350 millones), “Techint” (350 millones).

Fuentes de información: Revista La Nación del 6-5-01, Páginas 22 a 24, artículo “Cómo empezó la deuda externa” por Jaime Poniachik. Revista Línea de junio de 2001. Ministerio de Economía de la Nación : www.mecon.gov.ar

(2) Según Eduardo Luis Duhalde, actual Secretario de DDHH, en su libro “ El Estado terrorista argentino” ( Ed Dic de 1983), páginas 117 y 118, los gastos de las FFAA en armamento fueron los siguientes: “(…) 1.542 millones de dólares en el año 1980, 4.106 millones en 1981 y 9.795 millones de dólares en 1982 ( Datos proporcionados por el SIPRI, Instituto de Estocolmo de Investigaciones para la Paz ). Esta última cifra duplica la del año anterior y viene a incrementar y reponer el poderío bélico de un ejército que ya en el bienio 1978/ 79 , había invertido 6.718 millones de dólares con el pretexto de una eventual guerra con Chile por la posesión de las islas del Canal del Beagle”.

En total según los datos del autor, se habrían gastado en armamento en esos cinco años la cantidad de 22.161 millones de dólares que constituyen el 60% del total de la deuda de 37.000 millones de dólares incrementada por los gobiernos militares. Es decir que recibieron con 7.800 millones de dólares de deuda externa y entregaron con 45.100 millones de deuda. ( ver “Antecedentes” del título anterior).

La extrema izquierda y algunos economistas, políticos y periodistas críticos del golpe de Estado de 1976 , tergiversaron la finalidad del mismo expresando que su objetivo había sido imponer un modelo económico de exclusión social para beneficio del gran capital y del imperialismo norteamericano y que por ello, se desató el “terrorismo de estado” para acallar las voces de los patriotas que se oponían a la implementación de ese modelo político económico.

Al respecto y como ejemplo, el actual Secretario de DDHH, Eduardo Luis Duhalde, marxista, partidario de la lucha de clases, en el libro ya citado, presentó una tesis en la cual dice que el “Estado terrorista” fue una política cuidadosamente planificada y ejecutada que respondía a proyectos de dominación continental (…) y consideraba , aunque no lo trató ni argumentó en su libro,, que el proyecto económico fue el sustento del “Estado Terrorista”, al que le exigió la implementación del terror para hacer posible su aplicación.

Tal ideologizada tergiversación encubría la intención de presentar a los integrantes de las organizaciones terroristas no como atacantes del sistema republicano vigente sino como víctimas de un plan maquiavélico .(Recordemos que el ataque de las organizaciones terroristas de izquierda comenzó en el gobierno constitucional del Dr Illia en 1963/4 – Ver Boletín Nro 5 - siguió en los gobiernos de facto y continuó con mayor virulencia en los gobiernos de Perón y María Estela de Perón ).

Era entonces ésta la oportunidad para probar que la deuda contraída por los gobiernos de las sucesivas Juntas Militares era ilegítima y también juzgarlos por el “golpe de Estado”. Sin embargo, se juzgó a los componentes de esas Juntas sólo como “Comandantes de cada Fuerza” por vulnerar los derechos humanos de los terroristas y de otros “ciudadanos presuntivamente inocentes”. (Sobre este particular, sugerimos consultar nuestro boletín Nro 59 donde está asentada una entrevista de Gabriel G. Márquez a Mario E. Firmenich ) y el reportaje al mismo terrorista de Jesús Quintero que figura en la pág 201 del libro “Amar al enemigo” de Javier Vigo Leguizamón , Ed Pasco Jun 201.

Relación de la política exterior de EEUU con la deuda externa.

“Luego del default de México en 1982, Rockefeller le solicitó a Kissinger que formara una comisión para evaluar el problema de la deuda externa latinoamericana. Se nombró entonces a un destacado miembro del Council on Foreing Relations (CFR) y director de la banca J. P. Morgan, Alan Greenspan (que en 1987 se convirtió en el gobernador de la Reserva Federal de los Estados Unidos), como jefe técnico del equipo. En realidad fue Greenspan quien acuñó el concepto “debit for equity”, o sea canje de deuda por activos o participación accionaria en empresas públicas. El Problema de esos años era que la mayoría de los países en la región estaban gobernados por militares, que en principio no parecían dispuestos a privatizar las empresas públicas y cuya legitimidad política de base podía volverlos inestables. Los militares argentinos , además habían dado muestras de un imprevisible y aventurero nacionalismo en la ominosa guerra de Malvinas.
Por lo tanto, el empuje democratizador que los Estados Unidos dio a Latinoamérica en esos años también suscitó la sospecha de que no había razones morales o de espíritu republicano sino de negocios para que quienes habían alentado los golpes militares, estuvieran ahora repentinamente tan inclinados a promover procesos de democratización en el Cono Sur, entre ellos el de Argentina”. (“El saqueo de la Argentina” de María Seoane. Ed. Sudamericana. Año 2003)

Consideraciones finales.

Hasta el día de hoy – 30 años después - se siguen levantando voces pidiendo que se establezca cuál era deuda legítima desde 1976 hasta el presente , y cuál no la ha sido.

Consecuentemente, se desprende que el Congreso de la Nación no cumplió su obligación constitucional de investigar la existencia o no de una deuda ilegítima (estatal y privada) que hubiera permitido deslindar responsabilidades, sancionar a los culpables y disminuir el costo que soportaban y soportan las arcas de la Nación.

Teniendo en cuenta que ni Alfonsín ni ningún gobierno posterior investigaron la legitimidad de la deuda externa, el interrogante sigue sin ser despejado y surgen unas inquietante preguntas y consecuentes dudas sobre este tema:¿Nadie quiere esclarecer lo ocurrido? ¿Es irresponsabilidad crónica o complicidad encubierta de nuestra dirigencia política? ó ¿Está todo bien y no es necesario investigar?

Porque desde el retorno de los gobiernos constitucionales en 1983, a la deuda de u$s 37.300 millones que produjeron los gobiernos militares del Proceso de Reorganización Nacional (1976-83), con un gasto en armamento que podría oscilar en los 22.000 millones de dólares, las posteriores administraciones han agregado la friolera de 102.567 millones de dólares a nuestra deuda externa, considerando sólo hasta el año 1999.

Las omisiones e inacciones de estos gobiernos constitucionales, que no padecieron ninguna guerra o cataclismo natural, han desarrollado una deuda externa sideral que no sólo afecta de hecho la soberanía nacional y su desarrollo y nivel de vida de su pueblo, sino que compromete seriamente el futuro de varias generaciones de argentinos.

FIN DEL BOLETÍN Nro 102.-

BOLETINES PARA COLECCIONAR

Es una serie informativa sobre acontecimientos de nuestro pasado reciente , destinado principalmente a quienes no los vivieron y para los que los olvidaron .
Su exposición no busca polemizar ni agraviar , sino lograr la concordia a través de la verdad y la equidad en el tratamiento de los dramáticos sucesos vividos en la década del 70 que vienen siendo parcializados y distorsionados mediante una campaña de mentiras y desinformación interesada.